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4 de enero de 2019

Autoridades firman constitución de mesa de protección de menores víctimas de delitos graves

El intendente del Maule, Pablo Milad, junto al fiscal regional del Maule, Julio Contardo; la presidenta de la Corte de Apelaciones de Talca, Olga Morales; seremi de Justicia, Germán Verdugo; seremi de Gobierno, Jorge Guzmán; general jefe VII Zona de Carabineros, Héctor Salazar; prefecto regional (s) PDI, Emilio Massú y Defensor Regional del Maule, José Luis Craig, firmaron la constitución de la Mesa Regional de Implementación de la Ley 21.057, que regula entrevistas grabadas en video y otras medidas de resguardo a menores de edad, víctimas de delitos graves.

En esta primera etapa, comprenderá las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Aysén, Magallanes y el Maule. Y es precisamente esta última región la primera en componer esta mesa.

“Esto va de la mano con lo que quiere el Gobierno, los niños primero. Esta ley es esperada después de casi cuatro años dormida en el Parlamento, ya que esto es una protección integral hacia el niño, que era sometido a múltiples entrevistas, removiendo la situación vivida, traumática muchas veces”, señaló el intendente Milad.

Por su parte, la gerente nacional de la División nacional de Protección de Víctimas y Testigos de la Fiscalía, Erika Maira, sostuvo que hoy, con esta ley, se realizará una diligencia nueva, llamada entrevista investigativa video grabada. “Esto se aplicará en los 16 casos de delitos que están previstos. Cada vez que los niños y adolescentes sufran un delito grave va a tener una entrevista realizada por una persona especialmente capacitada para ello”, añadió.

El fiscal jefe de la Región del Maule, Julio Contardo, destacó el resguardo de los derechos de los niños y adolescentes. “Son principios básicos de los derechos humanos, por lo que significa para el menor revivir experiencias tan traumáticas. El sistema procesal penal tenía esta deuda. Nos sentimos orgullosos como región de iniciar la reforma a la reforma”, señaló.

Beneficios de la Ley

Para los niños, niñas y adolescentes (NNA)

1. Regula las intervenciones en las que deberá participar el NNA (niño, niña o adolescente) durante el proceso penal, las cuales serán siempre de carácter voluntario.

2. Dispone de dos instancias para que el NNA entregue su testimonio: La Entrevista Investigativa Videograbada (EIV) y la Declaración Judicial. En ambas el NNA:
• Interactuará con un funcionario debidamente formado y acreditado para ejercer el rol de entrevistador y/o intermediario.
• Testificará en una sala especial, habilitada para que entregue su relato en condiciones seguras y resguardando su privacidad.

3. Limita la realización de otras diligencias que impliquen la participación del NNA, como por ejemplo, los peritajes de credibilidad del testimonio y evaluación de daño. Además, jueces de familia, policías (durante proceso investigativo) y peritos (con la finalidad de elaborar sus informes respectivos) podrán acceder al registro de la Entrevista Investigativa Videograbada, para evitar que el NNA sea interrogado nuevamente.

4. Establece un procedimiento especial para la denuncia, que resguarda la privacidad y seguridad del NNA.

5. Incorpora medidas de protección generales y especiales para los NNA víctimas y, otras, para los que declaren en juicio oral en calidad de testigos.

6. Fomenta la utilización de la declaración judicial anticipada del NNA, favoreciendo su desvinculación temprana del proceso penal.

7. Reconoce la autonomía progresiva de los NNA, permitiendo que, por ejemplo, los adolescentes (mayores de 14 años) declaren en juicio sin la intervención de un intermediario, si así lo desean.