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Gobierno Transparente

Intendencia Región de Antofagasta - Gobierno Transparente
Ley Nº 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública

FACULTADES, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE CADA UNA DE SUS UNIDADES U ÓRGANOS INTERNOS
En relación a los actos y documentos publicados a continuación es importante precisar que se indican sólo aquellas modificaciones que hubiesen ocurrido con posterioridad al 1 de julio de 2010.  Por lo tanto, en aquellos casos en que se señale que no existen modificaciones, ello no implica necesariamente que ello no hubiese ocurrido entre la fecha de su publicación en el Diario Oficial y el 1 de julio de 2010.  Esto en virtud de que esta información corresponde señalarla a partir de la entrada en vigencia de la instrucción General Nº 4 de Consejo para la Transparencia  

Nº correlativo Unidad u Órgano Interno Facultades, funciones o atribuciones Fuente Legal Enlace a la publicación o archivo correspondiente Fecha última modificación
(dd/mm/aaaa)
1 Intendente Regional  Representación natural e inmediata del Presidente de la República en el territorio de su jurisdicción. Dirigir las tareas del Gobierno Interior en conformidad con las orientaciones, órdenes e instrucciones impartidas directamente por el Jefe de Estado o el Ministro del Interior a través del Subsecretario del Interior.   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
2 Unidad de Asesoría Jurídica   Es la unidad encargada de velar por la legalidad de los actos administrativos que realizan las distintas unidades de la Intendencia Regional, así como de dar fe de los actos administrativos que realizan los distintos funcionarios del Servicio de acuerdo a las atribuciones que les han sido delegadas. Además de asesorar al Intendente Regional y las distintas unidades del Servicio en todas las materias que se le indiquen.   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
3 Unidad de Ayudantía   Es una unidad asesora del Intendente que tiene como finalidad coordinar y colaborar en las funciones de representación del Intendente. En virtud de lo establecido en el punto 7° del Artículo N° 23 del Reglamento de Carabineros.   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
4 Departamento de Administración y Finanzas   El Departamento de Administración y Finanzas es la encargada de la gestión administrativa y financiera, de la formulación y ejecución del presupuesto y de la provisión de los servicios generales de Intendencia Regional; de acuerdo a ello le corresponde coordinar, ajecutar, evaluar, supervisar y fiscalizar las acciones administrativas y financieras de los recursos humanos y materiales de Intendencia Regional   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
5 Unidad de Finanzas   Formular y proponer el presupuesto anual de funcionamiento de la Intendencia Regional de Antofagasta. Evaluar y controlar el presupuesto asignado. Informar al Jefe de Departamento respuecto de la disponibilidad presupuestaria, velar por el correcto cumplimiento de la contabilidad de Intendencia Regional, supervisar el proceso de compra, cumplir la función de Tesorería, entre otras funciones.   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
6 Unidad de Personal   Efectuar la tramitación de todos los actos administrativos relacionados con permisos, feriados, licencias, cometidos, comisiones, destinaciones, renuncias voluntarias y otras materias realcionadas a los funcionarios de la planta administrativa del Gobierno Regional. Actualizar como Secretaria Técnica del Comité de Selección para el llamado a concurso, selección y reclutamiento dle personal de Intendencia Regiona. Tramitar ante el Departamento de Personal del Ministerio del Interior los nombramientos del personal de Intendencia, así como los beneficios o asignaciones que se les otorguen.   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
7 Servicios Generales   Mantener el debido control sobre el uso de vehículos de Intendencia Regional, hacer efectivas las polizas ante las empresas aseguradorea, verificar que todo vehículo de propiedad de Intendencia Regional o arrendado, sea conducido sólo el prersonal con póliza de fidelidad. Mantener al día la Oficina de Informaciones, llevar la contabilidad de bienes y confeccionar las Resoluciones de Alta y Baja. Mantener el registro y control de los bienes adquiridos por Intendencia Regional o que hayan sido trasferidos a cualquier titulo a este servicio. Preocuparse de la seguridad, conservación, mantenimiento y correcta utilización de los bienes muebles de propiedad del Gobierno Regional; o que hayan sido tranferidos a cualquier titulo a este servicio, Mantener el día la inscripción de vehículos, permisos de circulación, seguros y otros relativos al funcionamiento de los vehículos de Intendencia Regional.   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
8 Departamento Social   Es la unidad asesora del Intendente que tiene como función evaluar, coordinar, supervisar y ejecutar las Politicas Sociales establecidas e impulsadas por el Supremo Gobierno. La responsabilidad de esta unidad recae en el Jefe del Departamento Social   DFL N° 1, Fija Texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N°19.175. art. N° 2   Ver Documento   02/04/2016 
9 Oficina de Información Recalmos y Sugerencias (OIRS)  Otorgar una atención de calidad a las demandas ciudadanas manifestadas a la Intendencia Regional, y canalizadas por medio de la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) y atender eficazmente los requerimientos documentales internos y externos, realtivos a las funciones propies en materias de Partes.   Decreto Supremo N° 680 de 21 de septiembre de 1990 del Ministerio del Interior   Ver Documento   05/12/1991 
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