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16 de enero de 2020

Congreso despacha Ley Antibarricadas y Antisaqueos: “Esta ley va a contribuir en avanzar en la paz social y el orden público”

El ministro del Interior y Seguridad Pública, Gonzalo Blumel, valoró que esta tarde la sala de la Cámara de Diputados haya aprobado el proyecto que endurece las penas en contra de quienes hagan barricadas en la vía pública, quienes lancen objetos a personas o vehículos, quienes interpongan vehículos que impidan el libre tránsito, y realicen saqueos. La ley quedó lista para ser promulgada.

Tras la votación, el ministro Blumel destacó que hoy el Congreso ha dado una señal política relevante, ya que esta iniciativa surge de un acuerdo transversal de un grupo parlamentario de gobierno y oposición que lograron ponerse de acuerdo respecto a que el orden público es de la máxima relevancia. Además, sostuvo que, con esta aprobación, los parlamentarios le están diciendo a la ciudadanía que están por resguardar el orden público y la tranquilidad y seguridad de las personas.

“Valoro que haya una voluntad clara y contundente de una mayoría de este Parlamento de que alterar el orden público —mediante barricadas, saqueos o mediante lanzamiento de objetos contundentes con los cuales hoy se agrede a Carabineros o a ciudadanos—no lo podemos tolerar como sociedad. No podemos permitir que alterar el orden público sea parte de una nueva normalidad. La gente necesita los espacios públicos y esta ley va a contribuir en avanzar en la paz social y el orden público”, sostuvo el ministro.

Agregó que en la práctica, una vez que se promulgue esta ley, van a aumentar las sanciones. “Lo que nosotros esperamos es que la Fiscalía y los Tribunales de Justicia, con el apoyo de Carabineros y de la PDI, puedan actuar con eficacia para que estos delitos tengan las sanciones más altas posibles que contempla la ley. Aquí lo que estamos haciendo es fortalecer el estado de derecho y la seguridad de las personas”.

Por último, el ministro Blumel agregó que “estas son herramientas que se entregan a los jueces y lo que hacen ellos es evaluar en función de las penas que se establecen en este tipo de delitos que son muy graves. Por ejemplo, cuando usted interrumpe una carretera puede estar interrumpiendo el tránsito de una ambulancia que va de urgencia a un centro asistencial y, en esas circunstancias, es gravísimo interrumpir una carretera y, en consecuencia, la pena tiene que ser más alta; o por ejemplo cuando usted hace una barricada y puede producir un incendio eso también es gravísimo porque el delito de incendio es gravísimo”.

Aspectos de la ley

La moción parlamentaria sanciona a quienes, mediante violencia o intimidación o la instalación de obstáculos levantados en la vía, interrumpan la libre circulación, con una pena de 61 a 540 días de presidio. La misma pena se aplica a quienes interpongan vehículos en la vía (sin mediar desperfectos mecánicos) para hacer imposible el tránsito.

También se castiga lanzar a personas o vehículos en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes potencialmente aptos para causar la muerte o producir lesiones corporales, con una pena de 61 días a 3 años.

Para los saqueos, que se cometan con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público, sea que se actúe en grupo o individualmente pero amparado en éste, se aumentará la pena privativa de libertad respectiva en un grado.