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3 de mayo de 2019

Este viernes comienza a regir el estado de Latencia en Rapa Nui

Desde agosto del año pasado rige la Ley 21.070, que regula la residencia, permanencia y el traslado desde y hacia Isla de Pascua para proteger el frágil ecosistema que tiene nuestro territorio único.

Como consecuencia de esta Ley, se regula la capacidad de carga demográfica, a través de un indicador compuesto, cuyo resultado es un determinado estado de capacidad de carga para Rapa Nui. Para diferenciar cada estado se establecieron tres tipos: Optimo, Latencia y Saturación.

Aplicando la fórmula de cálculo indicada, se determinó que la isla se encuentra en estado Latencia. El decreto que lo declara fue publicado y entró en vigencia hoy viernes 3 de mayo.

https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1131141&buscar=latencia

Esta declaración genera una serie de efectos, los que regirán de forma inmediata una vez sea publicado el decreto que declara dicho estado.

Los efectos de la latencia son:

–Prohibición de nuevas contrataciones y del ejercicio de nuevas actividades económicas independientes, para todas aquellas personas que hayan ingresado en calidad de turista o visitante temporal. (Art. 5 de la Ley)

-No se podrán prorrogar los contratos a plazo fijo existentes. Al finalizar el contrato, los trabajadores deben abandonar el territorio (salvo excepciones establecidas en la Ley) y el empleador deberá pagar el pasaje de regreso del trabajador y su familia hacia el destino que se convenga, terminada la relación laboral por cualquier causa.

-Los ascendientes e hijos mayores de edad de algunas personas no podrán permanecer por sobre 30 días.

-Los padres e hijos mayores de edad del cónyuge, conviviente civil o de hecho de una persona Rapa Nui que ingresen con posterioridad a la declaración del estado de latencia, no podrán permanecer por sobre 30 días (salvo que exista una relación de dependencia).

Si tienes dudas acércate a las oficinas de Residencia a un costado de la Gobernación Provincial.