| N° correlativo | Nombre del trámite, servico o beneficio | En qué consiste | Requisitos | Documentos requeridos | A quién está dirigido | Tramites a realizar y/o etapas | Dónde se realiza | ¿Tiene costo? (Sí/No) | Unidad Monetaria | Valor del Servicio | ¿Este trámite está disponible en línea? | Enlace al trámite | Enlace a mayor información |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 1 | Colectas Regionales (D.S Nº 955 /1974 y 969 /1975 ambos del Ministerio del Interior | Medio de obtención de recursos, para realizar obras pías o de beneficencia privada. Autoriza para que un martes al año, dentro de la región pueda la entidad solicitar recursos en la vía pública, cuya fecha exacta es determinada por una resolución. | Tener personalidad jurídica otorgada por el ministerio del interior de justicia o de Dereco Canónico; sociedad mutualista; cuerpo de bomberos o Institucion deportiva | Carta al Intendente solicitando autorización indicando en que se va a invertir lo recaudado. Fotocopia estatutos vigentes. Certificado vigencia original otorgado por el Ministerio de Justicia o entidad que corresponda. Declaración jurada firmada por el representante legal de la entidad que deberá individualizar a los responsables de la colecta (nombre, RUT, domicilio particular); señalar si pertenecen a la Institución y que la ésta no ha participado en colecta inmediatamente anterior. | Entidades con personalidad jurídica, sin fines de lucro otorgada por el Ministerio de Justicia o de Derecho Canónico, cuyo objeto sea la caridad, la educación, o la asistencia social; las sociedades Mutualistas; los Cuerpos de Bomberos y las Instituciones Deportivas. | Presentación de la solicitud. Dictación de la respectiva resolución; Publicación en el Diario Oficial; Rendición de la colecta | Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jurídico y Depto. Social) | NO | Pesos | valor diario ofic | No | - | Ver mayor información |
| 2 | Rifas Regionales (D.S Nº 955 /1974, 1309/74 y 969 /1975 todos del Ministerio del Interior | Se autoriza para que dentro de la región pueda la entidad autorizada vender números de rifa en la fecha determinada por una resolución. | Tener personalidad jurídica sin fines de lucro, otorgada por el ministerio del interior de justicia o de Dereco Canónico; sociedad mutualista; cuerpo de bomberos o Institucion deportiva | Carta dirigida al Intendente solicitando autorización indicando en que se va a invertir lo recaudado; Fotocopia de estatutos vigentes; Certificado de vigencia original otorgado por el Ministerio de Justicia o entidad que corresponda; Declaración jurada firmada por el representante legal de la entidad que deberá individualizar a los responsables de la rifa (nombre, RUT, domicilio particular) señalar si pertenecen a la Institución y que la ésta no ha participado en rifa inmediatamente anterior. | Entidades con personalidad jurídica y sin fines de lucro otorgada el Ministerio de Justicia o de Derecho Canónico. cuyo objeto sea la caridad, la educación, o la asistencia social; las sociedades Mutualistas; los Cuerpos de Bomberos y las Instituciones Deportivas. | Presentación de la solicitud. Dictación de la respectiva resolución; Rendición de la rifa; Publñicación en Diario de circulación regional de los ganadores | Intendencia Metropolitana de Santiago (Dpto. Jurídico) | NO | Pesos | valor diario ofic | NO | - | Ver mayor información |
| 3 | Publicaciones Nuevas de Medios de Comunicación Escrita (Ley Nº 19,733 Sobre Libertad de Opinión) | Los medios de comunicación social escrito deben cumplir con lo exigido en la Ley Nº 19.733, art. 11, efectuando su presentación a la Gobernación o Intendencia correspondiente a su domicilio. Se envía copia de la presentación a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. | Constituir un medio de comunicación social escrito | Nombre diario revista periódico con indicación del lapso que mediará entre uno y otro; Nombre completo profesión domicilio copia autorizada Notarial de cédula de identidad; persona jurídica representantes legales Individualizacón del director; sustituto y orden de reemplazo; Ubicación oficinas principales y Si es persona jurídica sus socios y/o accionistas; participación en la sociedad; la propiedad o capital de la empresa; si tiene agencias, sus estatutos y los mandatos de sus representantes legales | Medios de comunicación social escritos. | La Intendencia enviará copia de dicha presentación a la Dirección de Bibliotecas, Archivos y Museos. | Intendencia Metropolitana de Santiago (Dpto. Jco.) | NO | pesos | Sin costo | No | - | Ver mayor información |
| 4 | Actos y Reuniones Públicas (Ley nº 19.175 y DS. 1086 de 1983 del Ministerio del Interior | El derecho que tienen las personas a reunirse pacíficamente, sin permiso previo y sin armas, cuando es ejercido en lugares de uso público, sean actos estacionarios o marchas por las calles. Para este trámite deben llenar un formulario disponible en la página web. | Que se trate de una manifestación del derecho constitucional de reunión; que se ejerza en la vía pública | Formulario, con dos días de anticipación | Organizadores de toda reunión o manifestación pública. | La Intendencia dictará la correspondiente conformidad o resolución exenta | Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jaco.) | NO | pesos | Sin Costo | NO | - | Ver mayor información |
| 5 | Peritos Tasadores (DL 2186 de 1978) | El Intendente propone profesionales para su inclusión como perito para la R. M. mediante un Decreto de Hacienda y ser nombrados por la entidad expropiante como miembro de las comisiones encargadas de determinar el monto provisional de la indemnización en una expropiación. | Profesional con experiencia y formación en el área de tasaciones y exporpiaciones | Curriculo Vitae; certificado de título; copia legalizada de la Cédula de Identidad; certificado de antecedentes; certificado de boletín comercial; copia de otros certificados de estudio. | Profesionales con experiencia y formación en el área de tasaciones y expropiaciones. | La Intendencia revisa que estén todos los antecedentes y los remite mediante oficio a la subsecretaría de Hacienda | Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jaco.) | NO | pesos | Sin costo | No | - | Ver mayor información |
| 6 | Autorización de tránsito de vehículos fiscales en días Sábado, domingo y festivos (DL 799 de 1974) | La circulación de vehículos estatales para el cumplimiento de cometidos específicos, de servicios creados por ley, se autoriza para días y horas inhábiles. El formulario se encuentra dsiponible en la web. | Vehiculo de propiedad fiscal, semifiscal, de administración autornoma o empresa del estado | Solicitud indicando fecha y motivo específico de la salida | Servicios Públicos Provincia de Santiago | La intendencia otroga el correspondiente permiso específico | Intendencia Metropolitana de Santiago (Depto. Jurídico) | NO | pesos | Sin costo | NO | - | Ver mayor información |
| 7 | Izamiento o uso del Pabellón Patrio y banderas extranjeras en la provincia de Santiago. (DS 1534 de 1967) | El uso o izamiento de la bandera nacional y/o extranjeras fuera de los días 21 de mayo, y 18 y 19 de septiembre dentro de la Provincia de Santiago debe autorizarse mediante una resolución fundada. | Presentar solicitud de autorización para uso o izamiento fuera de las fechas permitidas | Solicitud. | Entidades públicas y privadas y personas naturales. | La Intendencia dicta la correspondiente resolución | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | Sin costo | NO | - | Ver mayor información |
| 8 | Autorización para que en los estadios de la Región se pueda jugar fútbol profesional (Ley Nº 19.327) | Los centros o recintos deportivos destinados a la realización de espectáculos de fútbol profesional, requieren de autorización del Intendente, previo informe de Carabineros acreditando que reúnen las condiciones de seguridad para efectuar tales eventos. | Centro o recinto deportivo destinado a la realización de espectaculos de futbol profesional | Solicitud. | Clubes de fútbol, administradores y propietarios de recintos deportivos. | Inspección por Carabineros; Remisión de informe, dictación de la correspondiente resolución. | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | Sin Costo | NO | - | - |
| 9 | Declaración de Partido de Fútbol Profesional como de Alto Riesgo. | La Intendencia podrá declarar de alto riesgo un determinado partido de fútbol profesional, lo que produce ciertos efectos determinados por la Ley Nº 19.327 | acto de autoridad | no hay | Clubes de fútbol profesional, ANFP | dictación de la resolución | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | Sin costo | NO | - | - |
| 10 | Suspensión de un partido declarado de alto riesgo | La Intendencia podrá suspender un partido declarado de alto riesgo, por incumplimiento de las exigencias especiales de seguridad que señale Carabineros de Chile | acto de aurtoridad | no hay | Clubes de fútbol profesional, ANFP | dictación de la resolución | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico | NO | pesos | Sin costo | NO | - | - |
| 11 | Aprobación de Proyectos para efectos de la Ley de Donaciones con Fines Educacionales, (Artículo 3° de la Ley N°19.247) | Las instituciones administradoras de establecimientos beneficiarios, que desean captar donaciones para financiar un proyecto educativo y que puedan obtener los beneficios tributarios, deben solicitar su aprobación al Intendente quien lo hará mediante una resolución fundada. | Ser institución beneficiaria e Ingresar Poyecto solicitando aprobación | Ingreso de Proyecto; informe de SERPLAC | 1) Municipalizados 2) Técnico Profesionales administrados según DL 3.166 3) Particulares subvencionados administrados por corp. o fundaciones sin fines de lucro 4) Educación preescolar de propiedad de corp. o fundaciones sin fines de lucro 5) Instituciones colaboradoras del SENAME | Informe favorable de SERPLAC para la dictación de la resolución por Intendencia | Intendencia Región Metropolitana y Secretaría Regional de Planificación de la Región Metropolitana. | NO | pesos | Sin costo | NO | - | Ver mayor información |
| 12 | Otorgar el Auxilio de la Fuerza Pública | Solo en los casos que una ley lo establezca, ciertas autoridades administrativas pueden solicitar al Intendente conceda el auxilio de la fuerza pública para asegurar el cumplimiento de sus resoluciones. | Que se encuentre establecido por ley que el Intendente puede conceder el auxilio de la fuerza pública | Solicitud de la autoridad pertinente | Dirección de Vialidad, Superintendencia de Valores y Seguros, Superintendencia de Electricidad y Combustibles, Subsecretaria de Telecomunicaciones, Seremi de Salud, y otros servicios públicos autorizados para requerirla por leyes especiales. | dictación de la resolución | Intendencia Región Metropolitana (depto. Jurídico) | NO | pesos | Sin costo | NO | - | - |
| 13 | Efectuar los requerimientos por infracción a las normas sobre vigilancia privada | En base el informe de Carabineros de Chile, el Intendente debe presenta requerimientos por infracción a normas de seguridad privada ante Juzgados de Policía Local | Infracción a la normativa aplicable, fiscalizada por Carabineros. | Informe de la Prefectura de Carabineros respectiva | Entidades que por ley o voluntariamente estan sujetas a la normativa sobre vigilantes privados | Confección de requerimiento | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | Sin costo | NO | - | - |
| 14 | Proceder a requerimiento de Carabineros de Chile a notificar a las entidades que correspondan la circunstancia de encontrarse en la obligación de contar con su propio servicio de seguridad interno. | De acuerdo a lo establecido por el DL 3.607, esta Intendencia debe notificar a aquéllas entidades que deben cumplir con la obligación de mantener un servicio de seguridad privada lo que se concreta mediante un oficio. | Proposición de Carabineros de Chile. | Oficio de Carabineros de Chile. | Entidades que deben o se encuentran sometidas a las normas sobre seguridad privada. | Confección de Resolución y notificación de la misma | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | Sin costo | NO | - | - |
| 15 | Notificar, de acuerdo a lo que solicite la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, servidumbres constituidas (art. 26 DFL Nº1) | Se confecciona un oficio mediante el cual se solicita a Carabineros de Chile a requerimiento de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles proceder a la notificación de la persona afectada por una servidumbre eléctrica | Oficio de la Superintendencia | Entidades o personas naturales propietarias de predios o inmuebles afectados por servidumbres eléctricas. | Confección de Oficio a Carabineros | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | Sin Costo | NO | - | - | |
| 16 | Informar a solicitud del Ministerio de Justicia sobre la marcha general de corporaciones y fundaciones sin fines de lucro regidas por el Título XXXIII, Libro II, del Código Civil | El M. de Justicia, como fiscalizador o a fin de aprobar la modificación de estatutos solicita se informe acerca de la marcha general de corporaciones o fundaciones sin fines de lucro, lo que es solicitado por esta Intendencia a Investigaciones quienes confeccionan un informe. | Solicitud del Ministerio de Justicia | Estatutos y cualquier otro documento relacionado. | Corporaciones y fundaciones sin fines de lucro regidas por el Título XXXIII, Libro II, del Código Civil | Confección de oficio a Investigaciones para que evacue informe de marcha general y una vez recibido éste confección de oficio para remitir a Ministerio de Justicia | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | Sin costo | NO | - | - |
| 17 | Efectuar el traspaso de bienes de las corporaciones y fundaciones regidas por el Título XXXIII, Libro II del Código Civil cuya personalidad jurídica haya sido cancelada | La Intendencia una vez recibido el inventario valorado de los bienes de Personas jurídicas sin fines de lucro, regidas por el Código Civil, cuya personalidad jurídica ha sido cancelada, debe levantar un acta de traspaso de dichos bienes, a la entidad sucesora. | Persona jurídica sin fines de lucro | Inventario valorado de todos lo bienes de la Corporación o Fundación; si son inmuebles, certificado del Conservador de Bienes Raíces | Corporaciones y fundaciones sin fines de lucro regidas por el Título XXXIII, Libro II, del Código Civil y entidades beneficiadas como sucesoras de los bienes. | Confección de acta de traspaso | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | Sin Costo | NO | - | - |
| 18 | Dictar las resoluciones que inician y ponen término a las investigaciones y sumarios administrativos en las Gobernaciones | A petición de los gobernadores se dictan las resoluciones para iniciar las investigaciones y los sumarios administrativos en las gobernaciones. | Comisión de un hecho que pueda revestir responsabilidad administrativa | Solicitud del Gobernador respectivo. | Gobernaciones | Confección de la resolución. | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico | NO | pesos | sin costo | NO | - | - |
| 19 | Fijación cada tres años de la cantidad de patentes limitadas de alcoholes de cada comuna, de la Región Metropolitana distribuidas en las categorías A, E, F, y H (art. 7, Ley Nº 19.925) | Las patentes limitadas de alcoholes segun las categorías señaladas en la ley, son distribuídas cada tres años por el Intendente: A Depósitos de bebidas alchólicas; E Cantinas, Bar, Pubs, y tabernas; F Establecimientos de expendio de cerveza o sidra de frutas; y H Minimercados | Cumplimiento del plazo de tres años. | Informe de los Minicipios y del INE | Municipios, y propietarios de patentes limitadas de alcoholes tipo A, E, F, y H | Confección de la resolución. | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | - |
| 20 | Clausura administrativa de locales de expendio de bebidas alcohólicas (art. 50, Ley Nº 19.925) | Este trámite consiste en que el Intendente puede clausurar los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, donde se hubieren cometido hechos delictuosos graves, o que constituyan un peligro para la tranquilidad o moral públicas. | Comisión de un hecho delictuoso grave o que constituya un peligro para la tranquilidad o moral públicas | Solicitud de clausdura y antecedentes que avalen la solicitud de clausura | Vecinos, Municipios pueden solicitar ante esta Intendencia, y los directamente afectados serán los propietarios de locales de expendio de bebidas alcohólicas. | Confección de Resolución y notificación de la misma | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | - |
| 21 | Otorgamiento de los permisos para catar y cavar de acuerdo a lo establecido en el Código de Minería (art. 15, 16 y 17 del Código Minería) | El gobernador o intendente debe autorizar según corresponda en los casos establecidos en la legislación minera. | Que se haya efectuado la declaraciòn expresando que es para efectos mineros y Decreto Supremo que ademas señale los deslindes correspondientes | En caso de ejecucion de labores mineras en reservas y parques nacionales y monumentos nacionales se debe efectuar la declaraciòn correspondiente | Personas naturales, jurídicas, sociedades mineras | Intendencia Región Metropolitana | NO | pesos | sin costo | NO | - | - | |
| 22 | Determinación del mecanismo y representación de los consejeros que representan a los municipios y a las organizaciones civiles en el Comité Regional del Adulto Mayor (Decreto Nº 95 de 2003 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia) | El Intendente dicta una resolución determinando el mecanismo y porcentaje de representación de los municipios y de las organizaciones civiles, ante el Comité Regional del Adulto Mayor de acuerdo a los criterios establecidos en el Decreto reglamentario. | Municipios y Organizaciones Civiles que presten servicios o realicen trabajos directos con adultos mayores | Dictación de la resolución | Intendencia Región Metropolitana (Depto. jurídico Delegación de Stgo.) | NO | pesos | sin costo | NO | - | Ver mayor información | ||
| 23 | Expulsión de Extranjeros del Territorio Nacional (Decreto Ley Nº 1094/1975 y DS 597/1984 ambos del Ministerio del Interior) | 1) Sanción de expulsión a extranjeros turistas o turistas con permiso de turismo vencido, por resolución afecta a Toma de Razón por la Contraloría General de la República o mediante Resolución Exenta. | Comisión por un extranjero de un delito migratorio o un delito comun, que merezca la sanción de expulsión | Informe sobre situación migratoria | Extranjeros con permiso de turismo vigente y permiso de turismo vencido, que han cometido delitos migratorios (ingreso clandestino, egreso clandestino, uso de pasaporte falso) o delitos comunes. | Dictación de la resolución exenta o afecta | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | Ver mayor información |
| 24 | Revocaciones de Expulsiones (Decreto Ley Nº 1094/1975 y DS 597/1984 ambos del Ministerio del Interior) | Revocación de la sanción administrativa impuesta de expulsión, mediante Resolución afecta o exenta. | Solicitud y documentos fundantes | Solicitud, antecedentes que la fundamentan; paracer del DEM del Ministerio del Interior | Extranjeros con permiso de turismo vigente y permiso de turismo vencido | Dictación de la resolución | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | Ver mayor información |
| 25 | Allanamientos (Decreto Ley Nº 1094/1975 y DS 597/1984 ambos del Ministerio del Interior) | Resolución Exenta, que dispone el allanamiento de inmuebles particulares a la autoridad policial correspondiente (Policía Internacional de PDI), a fin de hacer efectivo el cumplimiento de las medidas de expulsión de extranjeros. | Orden de Expulsión previa | Solicitud de PDI | Policía Internacional de Policía de Investigaciones de Chile | Dictación de resolución | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | - |
| 26 | Requerimientos (Decreto Ley Nº 1094/1975 y DS 597/1984 ambos del Ministerio del Interior) | Escrito judicial mediante el cual el Intendente Regional respectivo, ejerce los derechos conforme al Código Procesal Penal, a fin de iniciar las investigaciones de hechos constitutivos de delitos migratorios | Ingreso clandestino de extranjero a territorio nacional o con documento falsificado | Solicitud de autorudad competente ( DEM, PDI o Fiscalía Ministerio Público) | Fiscalía Local correspondiente | Confección de requerimiento y presentación ante Fiscalía Ministerio público. | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | - |
| 27 | Desistimientos (Decreto Ley Nº 1094/1975 y DS 597/1984 ambos del Ministerio del Interior) | Escrito judicial mediante el cual el Intendente Regional respectivo, se desiste de la acción penal a fin de aplicar la sanción administrativa respectiva | Haber presentado requerimiento | Requerimiento anterior | Fiscalía Local correspondiente | Confección de desistimiento y presentación ante la Fiscalía correspondiente | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | - |
| 28 | Coordinación Para Conformación De Las Comisiones Especiales de Acreditación (CEAS) (Ley Nº 20.045) | La ley indica que deben constituirse las Comisiones Especiales de Acreditación, que deben conocer de las excusas que presenten los llamados a realizar el servicio militar.Ellas deben estar integradas por profesionales de la administración del Estado, nombrados por el Intendente. | Que no se haya llenado el cupo anual mediante la presentacion voluntaria de conscriptos | Proposición de funcionarios profesionales por los servicios involucrados | Fuerzas Armadas y Reclutamiento no voluntario. | confección de oficio remitiendo nómina de funcionarios de los servicios involucrados al Ministerio para las fuerzas armadas | Intendencia Región Metropolitana (Depto. Jurídico) | NO | pesos | sin costo | NO | - | - |
| 29 | Programa ORASMI (Fondo Organización Regional de Acción Social) | Atender demandas en forma transitoria de personas vulnerables, que no pueden ser cubiertas por su urgencia o características particulares- por otras instituciones públicas, contribuyendo a la protección social de las personas de la Región Metropolitana. | Que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta. | Enlace a Orasmi 2010 | Personas naturales, chilenos/as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta | Las solicitudes pueden ser presentadas en cualquier época de año quedando sujeta la aprobación de éstas, a la disponibilidad presupuestaria del momento. | Las solicitudes deben presentarse en los Departamentos Sociales de las municipalidades o Servicio Social de los hospitales o Centros de Diagnóstico de los servicios de salud. La solicitud de ayuda luego de recibida en el Departamento Social de la Intendencia Región Metropolitana de Santiago, se evalúa técnicamente por el equipo de Asistentes Sociales. | NO | pesos | sin costo | NO | - | Ver mayor información |
| 30 | Asignación de Subsidio a la Discapacidad Mental para personas menores de 18 años | El subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años de edad es un beneficio no contributivo, consistente en una prestación pecuniaria mensual de monto igual para todos los beneficiarios. El Subsidio a la Discapacidad mental, se reajustará anualmente, en el 100% de la variación experimentada por el IPC. |