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Gobernación Provincial de San Antonio - Gobierno Transparente
Ley Nº 20.285 - sobre Acceso a la Información Pública

SUBSIDIOS Y BENEFICIOS - Programa de subsidios y beneficios  

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Nombre del programa o beneficio Fuente legal Fecha de publicación o dictación
(dd/mm/aaaa)
Enlace a la publicación o archivo correspondiente Objetivo del subsidio o beneficio Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona Periodo de aplicación o de vigencia
(dd/mm/aaaa - dd/mm/aaaa)
Unidad monetaria Monto total asignado al
programa o beneficio
Requisitos y antecedentes para postular Periodo o plazo de postulación Criterio de acceso Enlace a mayor información Enlace a nómina de beneficiarios
ORASMI  CIRCULAR N° 35 DE 05-08-2008, QUE NORMA SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DEL FONDO ORASMI. RESOLUCION EXENTA 650 DE 28-01-2011, DECRETO SUPREMO 167 DE 07-03-2011 QUE APRUEBAN TRANSFERENCIA DE RECURSOS ORASMI 2011   05/08/2008  Ver publicación   Atender en forma transitoria a personas o grupos familiares que se encuentren en estado de indigencia o necesidad manifiesta, que no pueden ser cubiertas, por su urgencia o características particulares por otras instituciones publicas de acuerdo a los ítems establecidos en la Circular E-29 del año 2003 del Ministerio del Interior.  Departamento Social  01/01/2011 - 31/12/2011 Pesos  14250000  Requisitos: Podrán ser beneficiarios/as del fondo ORASMI, personas naturales, chilenos/ as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en una situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta. Antecedentes: Las solicitudes de ayuda deben estar respaldadas por la documentación que justifique la petición de ayuda. Asimismo, el único documento válido técnicamente para evaluar la solicitud y respaldar la entrega de beneficios es el Informe Social, que tendrá una vigencia de seis meses desde la fecha de emisión, elaborado por un(a) profesional Asistente Social con respaldo de una institución pública o privada.  Enero-Diciembre  Podrán ser beneficiarios/as del fondo ORASMI, personas naturales, chilenos/as y extranjeros/as con Cédula de Identidad Nacional, que se encuentren en situación o condición de vulnerabilidad que le impida la generación de recursos para enfrentar la situación que les afecta  Ver mayor información   Ver nómina de beneficiarios  
(*) Este documento no se encuentra en formato digital. Documento disponible en Oficina de Partes.
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